Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Convenio de Chicago)
1944
Año de firma
52
Estados firmantes
19
Anexos técnicos
Importancia Histórica
Es la verdadera 'Carta Magna' de la aviación civil internacional y constituye la base normativa de los principales temas que regulan esta actividad
Principios Fundamentales
1La aviación civil internacional debe desarrollarse en forma segura y ordenada
2Los Estados pueden establecer servicios aéreos internacionales mediante el principio de igualdad de oportunidades
3Los servicios aéreos internacionales deben cumplirse de manera eficaz y económica
Estructura del Convenio
Parte 1: Navegación Aérea
Artículos 1 a 42
Decreta la soberanía de los Estados Signatarios sobre el espacio aéreo de su territorio y las facultades, obligaciones y derechos con respecto a las aeronaves
Parte 2: La Organización de Aviación Civil Internacional
Artículos 43 a 46
Trata la creación de la OACI como organismo permanente para mantener el Convenio actualizado
Parte 3: Transporte Aéreo Internacional
Artículos 67 a 79
Indica que todo estado contratante se compromete a que sus empresas comuniquen informes estadísticos
Parte 4: Disposiciones Finales
Artículos 80 a 96
Regula la resolución de controversias, denuncia o adhesión al Convenio, sanciones por incumplimiento
Artículos Clave
Pregunta de Verificación
¿Qué establece el Artículo 1 del Convenio de Chicago?